¿Puede la Inteligencia Artificial olvidar? El derecho al olvido ante la IA generativa

 

Rocío M. Pozo Tomás. Becaria Predoctoral Comunidad Valenciana. Miembro del equipo de trabajo del Proyecto INVESP (Ref. PID2023-149020NB-100). Universidad Miguel Hernández

 

La expansión de la Inteligencia Artificial (IA) generativa reabre un gran debate del Derecho digital contemporáneo: la posibilidad real de controlar la permanencia de la información personal en Internet. Durante la última década, el “derecho al olvido” se consolidó como una de las principales garantías para proteger la privacidad y la reputación de las personas frente a la permanencia casi ilimitada de información en la red. Sin embargo, la aparición de sistemas capaces de entrenarse con enormes cantidades de datos y reproducir contenidos de forma autónoma nos obliga a plantearnos ¿puede la IA olvidar?

El reconocimiento jurídico del derecho al olvido en Europa vino de la mano de la conocida sentencia de 13 de mayo de 2014 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en el asunto Google Spain SL y Google Inc. contra Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y Mario Costeja González, C-131/12, ECLI:EU:C:2014:317. Un ciudadano español solicitó que determinados resultados de búsqueda asociados a su nombre dejaran de aparecer en Google, ya que remitían a información antigua sobre un embargo que había perdido relevancia con el paso del tiempo. El Tribunal entendió que, aunque la información fuera veraz y hubiera sido publicada legalmente, una persona podía solicitar la eliminación de ciertos resultados cuando estos dejaran de ser pertinentes o resultaran excesivamente perjudiciales para sus derechos.

La importancia de aquella decisión fue indudable porque el TJUE también reconoció que los motores de búsqueda no son meros intermediarios neutrales, sino que deben considerarse responsables del tratamiento de datos personales. Su capacidad para ordenar y hacer accesible la información multiplica el impacto que determinados datos pueden tener sobre la vida privada de las personas. Ahora bien, el derecho al olvido nunca supuso un borrado completo de Internet, solo permitía limitar la visibilidad de ciertos contenidos en búsquedas realizadas a partir del nombre de una persona.

Con el tiempo surgió otro problema: Internet no entiende de fronteras. El TJUE respondió a una cuestión prejudicial sobre este tema en su Sentencia de 24 de septiembre de 2019 en el asunto Google LLC c. Commission nationale de l’informatique et des libertés (CNIL), C-507/17, ECLI:EU:C:2019:772. Se planteó ante el TJUE si el derecho al olvido debía aplicarse únicamente en los Estados miembros de la Unión Europea o también a nivel global. El TJUE concluyó que el Derecho de la Unión no obliga a los motores de búsqueda a eliminar los resultados a nivel mundial, sino únicamente en las versiones correspondientes a los Estados miembros. No obstante, las empresas debían adoptar medidas suficientemente eficaces para impedir o, al menos, dificultar seriamente que los usuarios de la Unión pudieran acceder a esos contenidos desde versiones del buscador situadas fuera del territorio europeo.

La llegada de la IA generativa complica todavía más este escenario. Los buscadores tradicionales se limitaban a localizar información ya existente. En cambio, los sistemas de IA se entrenan con cantidades masivas de datos y pueden reutilizar información para generar nuevas respuestas. Esto dificulta mucho identificar dónde se encuentra exactamente un dato personal o cómo eliminarlo de forma efectiva.

El derecho al olvido se construyó sobre la idea de que la información podía localizarse y desvincularse de determinados resultados concretos. Pero ¿qué ocurre cuando esa información forma parte del entrenamiento de una IA? Incluso aunque un contenido desaparezca de una página web o deje de mostrarse en un buscador, la IA podría seguir reproduciendo información similar porque ya ha aprendido a partir de esos datos.

El problema tiene una dimensión claramente internacional. Los principales sistemas de IA son desarrollados por empresas globales y entrenados con información procedente de múltiples países. Ello complica determinar qué normas deben aplicarse y hasta dónde puede llegar la capacidad de un Estado o de la Unión Europea para exigir el “olvido” de determinada información.

Probablemente, uno de los grandes retos de los próximos años será precisamente ese: adaptar instrumentos jurídicos pensados para los buscadores de Internet a un entorno dominado por sistemas capaces de reutilizar información de manera permanente. En la era de la IA generativa, la cuestión ya no es solo si Internet recuerda demasiado, sino si el olvido sigue siendo realmente posible.